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Como parte de las obligaciones derivadas de Pesca y su Reglamento,
los productores que realicen actividades de pesca y acuacultura al amparo de un
permiso, concesión o autorización están obligados a
reportar su producción en avisos de arribo, cosecha y producción, entre otros;
igual obligación corresponde a los que
no requieren permiso, concesión o autorización. El ROP constituye la fuente de
consulta básica sobre la producción pesquera y acuícola nacional derivada de
tales documentos, así como la derivada de la captura sin registro oficial
obtenida por métodos indirectos.
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